Subvención para la promoción y el fomento de la actividad empresarial para mujeres.

Subvención para la promoción y el fomento de la actividad empresarial para mujeres.

La Delegación de Bienestar social, Igualdad y Familia de diputación de Granada publica en el BOP del 8 de mayo de 2024 una Subvención para la promoción y el fomento de la actividad empresarial desarrollada por mujeres en los municipios de menos de 5.000 habitantes de la provincia de Granada.

Plazo de solicitud

El plazo de solicitud empieza el día 9 de mayo y finalizad el 7 de junio. Se deberá presentar en el Ayuntamiento de Zújar.
Requisitos del emprendimiento femenino

Las empresarias propuestas por las Entidades Locales deberán reunir todos y cada uno de los siguientes requisitos a fecha de 01/01/2024:

1.- Constar como vecina en el padrón municipal de la Entidad Local solicitante (aportación certificado empadronamiento).
2.- Constar el domicilio fiscal de la empresaria en el municipio de la Entidad Local solicitante (Modelo 036/037 de alta censal de la actividad económica para la que solicita la subvención).
3.- Desarrollar la actividad en un establecimiento o local comercial en el municipio de la Entidad Local solicitante (Modelo 036/037 de alta censal de la actividad económica para la que solicita la subvención).
4.- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o la Mutua de Previsión social alternativa al RETA (aportación de la vida laboral).
Las empresarias deberán cumplir dichos requisitos y permanecer con la actividad económica hasta el 31/12/2024. En caso de que la empresaria desarrolle actividades empresariales distintas en su municipio, ésta sólo podrá presentar solicitud por una de las actividades.

Documentación acreditativa de la actividad empresaríal

Las empresarias acreditarán los requisitos recogidos en el apartado 2 y el parámetro definido en el apartado 3 de este artículo mediante la aportación de los siguientes documentos:

  • DNI en vigor
  • Certificado de empadronamiento
  • Vida laboral actualizada a la fecha de la solicitud.
  • Documento de alta censal de la actividad económica mediante modelo 036/037
  • Certificado de situación censal
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
  • Asiganción de la subvención a las entidades locales.

Se asignará un importe de 600 euros por cada empresaria que cumpla con los requisitos y se excluirán aquellas solicitudes que conforme a su prelación no se puedan atender por insuficiencia de crédito presupuestario.

Más información en la pág. 31 del BOP del 8 de mayo de 2024.

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De interés

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